Este reglamento establece los lineamientos para el manejo legal de los invernáculos de cannabis y la producción de su aceite en toda la República de Argentina.
El Gobierno de Argentina aprobó el reglamento que regirá la producción, difusión, distribución, manejo y acondicionamiento de los cultivos cannabis medicinal en todo el territorio. Esta ley, promulgada el 29 de marzo de 2017, fue publicada bajo la resolución 59 en Boletín Oficial de la ley 27.359.
“No se podrá realizar ninguna actividad de producción, difusión, manejo, acondicionamiento e importación de cannabis sin la previa autorización del Instituto Nacional de Semillas (Inase)”, destaca l.
El reglamento oficial regirá las bases para la producción de aceite de cannabis con fines medicinales previo consentimiento del Inase, y las posible multas que deriven del incumplimiento de los estatutos establecidos en este reglamento.
“Se deberá informar al Inase la disposición final de los desechos del cultivo, lo cual será inspeccionado a fin de evitar cualquier utilización ajena a las finalidades de la ley de cannabis medicinal”, reza el reglamento.
Dentro de las estipulaciones aplicables a infracciones se encuentran multas por un monto máximo de 100.000 pesos y la posible prohibición temporal o definitiva de manejo de cannabis.
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El Inase tendrá la facultad de establecer jornadas de control y supervisión física de los órganos de manejo de propagación en todo el ciclo de cultivo de la hierba.
El Anexo I de este reglamento exige el nombramiento de un técnico responsable del trabajo general de los invernáculos, definido como “responsable técnico a cargo de la producción del cultivo, movimientos y guarda de semillas dentro del predio”.
En términos médicos, el aceite de cannabis y otros derivados de esta planta poseen propiedades curativas, por lo que son usados como terapia para tratar algunas enfermedades, patologías y aliviar determinados síntomas.