La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó por medio de una reforma en el código penal el uso y cultivo de cannabis con fines terapéuticos o medicinales el pasado 17 de septiembre. El país ahora se une a una lista de 12 naciones en las cuales el cáñamo no hace parte de las plantaciones prohibidas, siempre y cuando responda a los uso mencionados. En la región, estos son Colombia, México y Chile.
83 legisladores decidieron aprobar la reforma, mientras que 20 se declararon en contra y otros 23 se abstuvieron. Esta sesión probó ser tan controvertida que tuvo que votarse por separado y no dentro de lo que El País llama “una amplia reforma al Código Orgánico Integral Penal ecuatoriano”.
Sin embargo, la reforma aclara que para que el cultivo de cáñamo no esté sujeto a fiscalización, el producto resultante debe ser “cannabis no psicoactivo” y debe tener un “contenido de THC inferior a uno por ciento en peso seco”. También sostiene que la posesión y el consumo se deben justificar por medio de un diagnóstico profesional, en el que quede claro que su uso es “terapéutico”.
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